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El ruido generado por un establecimiento hostelero durante los días de celebración de Sonorama Ribera llegó hasta el Procurador del Común de Castilla y León, que reclamó al Ayuntamiento de Aranda de Duero días antes de Sonorama, que extremase la vigilancia sobre este local y garantizase que su actividad se ajusta a la licencia de apertura de la que dispone.
La resolución partió de una queja presentada por vecinos que denunciaban las molestias ocasionadas durante las jornadas del festival. El expediente, iniciado en 2024, continúa pendiente de contestación por parte del Ayuntamiento.
El caso presenta además una circunstancia especialmente llamativa: el establecimiento dispone de una licencia de bar concedida en 1979 y permanece cerrado durante buena parte del año, concentrando su actividad precisamente en los días de celebración de Sonorama. Para el Procurador del Común, el hecho de que abra únicamente durante unos días no le exime de cumplir las condiciones de su licencia ni de someterse a la normativa vigente en materia de ruido y espectáculos.
La institución autonómica considera que el Ayuntamiento debe comprobar que el funcionamiento del establecimiento durante Sonorama se corresponde realmente con la actividad autorizada. Y pone el foco especialmente en el uso de equipos de reproducción sonora y en la eventual celebración de actuaciones musicales.
La resolución recuerda que la licencia de bar permite el servicio de bebidas y comidas y puede contar con acompañamiento musical, pero dentro de los límites establecidos por la normativa de ruido. En concreto, señala que, para este tipo de actividad, debe respetarse el límite de emisión correspondiente, que sitúa en 75 decibelios para las actividades de tipo 1.
El problema, según recoge el expediente, es que durante la edición de Sonorama de 2025 el establecimiento habría desarrollado una actividad que, a juicio del Procurador, se aproximaba en la práctica a la de un bar musical, con equipos de sonido de gran potencia y un DJ en el interior mientras parte del público permanecía en el exterior bailando.
La institución se apoya también en imágenes y vídeos publicados en las redes sociales del propio establecimiento para señalar que la actividad desarrollada durante el festival no parecía limitarse a la propia de un bar con licencia de 1979.
Una actuación policial ya constató altavoces orientados hacia la calle
La resolución recoge además una intervención de la Policía Local durante Sonorama de 2024. Los agentes acudieron después de recibir una llamada en la que se alertaba de la apertura del establecimiento y de las molestias ocasionadas a los residentes de la zona, incluyendo dificultades para acceder y salir de las viviendas debido a la concentración de personas en la calle.
Los agentes comprobaron que el establecimiento disponía de licencia de apertura, pero también constataron la presencia de altavoces orientados hacia la vía pública. Según la documentación incorporada al expediente, la Policía Local ordenó entonces su retirada.
Al año siguiente, en agosto de 2025, un vecino y otros residentes de la zona solicitaron al Ayuntamiento que realizase una medición de ruido durante Sonorama para comprobar si se estaban superando los niveles permitidos.
El Consistorio inició un expediente para llevar a cabo esa medición y comunicó posteriormente al reclamante que se había solicitado cita con el técnico encargado de realizarla. Ante la llegada de Sonorama 2026, el vecino volvió a solicitar que la medición se efectuase durante el festival y ofreció incluso dos fechas concretas para facilitar el acceso del técnico a su domicilio.
El expediente analizado por el Procurador del Común considera que, con independencia de esa medición solicitada por los vecinos, el Ayuntamiento tiene la obligación de ejercer sus competencias de control sobre la actividad.
El Ayuntamiento lanzó durante Sonorama un aviso general a los hosteleros
La resolución del Procurador del Común coincide además en el tiempo con un aviso difundido por el Ayuntamiento de Aranda durante el propio Sonorama 2026, en el que el Consistorio trasladaba al conjunto de los establecimientos hosteleros la necesidad de cumplir la normativa municipal de ruidos.
El aviso municipal, publicado el 7 de agosto, recordaba a los hosteleros que el ambiente festivo del festival debía ser compatible con el derecho al descanso de los vecinos y advertía expresamente sobre determinadas prácticas.
El Ayuntamiento señalaba que los establecimientos no podían mantener equipos de música o amplificación funcionando con las puertas o ventanas abiertas, ni instalar o utilizar altavoces en el exterior. También recordaba que la actividad musical debía desarrollarse con puertas y ventanas cerradas.
El Consistorio advertía asimismo de que no estaba permitido servir o vender bebidas directamente a través de las ventanas de los locales y señalaba que los establecimientos tampoco podían modificar sus instalaciones musicales, aumentar el número de equipos de sonido o contratar actuaciones, DJs u otros sistemas de ambientación musical sin contar con la correspondiente autorización municipal.
De esta manera, el aviso municipal difundido durante Sonorama y la resolución del Procurador del Común apuntan en la misma dirección: el hecho de que un establecimiento participe del ambiente del festival no supone una suspensión de las obligaciones que establece su licencia ni de la normativa de ruidos y espectáculos.
Actuaciones musicales: autorización municipal
La resolución recuerda que la normativa autonómica establece que para realizar de forma esporádica u ocasional espectáculos o actividades recreativas diferentes de las contempladas en la correspondiente licencia es necesaria una autorización previa del Ayuntamiento, salvo los supuestos expresamente exceptuados por la legislación.
En el caso concreto analizado, al tratarse de un establecimiento que cuenta con una licencia de bar y no con una licencia específica de café-cantante u otra actividad musical, la celebración de actuaciones en directo durante Sonorama requeriría una autorización municipal específica, según interpreta el Procurador.
Además, esa autorización debería tener en cuenta el impacto sonoro que pueda producir la instalación de equipos de reproducción adicionales, especialmente teniendo en cuenta las molestias denunciadas por los residentes de las viviendas próximas.
Por ello, el Procurador considera que la licencia concedida hace casi medio siglo no puede convertirse en un argumento para permitir cualquier tipo de actividad durante Sonorama. La licencia sigue siendo válida, pero su titular debe desarrollar la actividad respetando las condiciones establecidas y la legislación que actualmente resulte aplicable.
El festival no exime del derecho al descanso
El Procurador del Común introduce también una consideración sobre la importancia de Sonorama para Aranda de Duero. La institución reconoce expresamente el impacto cultural y económico del festival tanto en la ciudad como en el conjunto de la Ribera del Duero.
Sin embargo, advierte de que esa relevancia no puede implicar que se deje de garantizar el derecho al descanso de los vecinos.
En consecuencia, el mensaje de la institución es doble: Sonorama puede y debe seguir siendo un acontecimiento de referencia para Aranda, pero su celebración no supone una excepción a las normas que regulan el ruido y las actividades de los establecimientos hosteleros.
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