La Junta reduce de 53 a 25 los municipios con medidas excepcionalísimas para prevenir la COVID-19 y Huerta de Rey y Nava de Roa, las únicas de la comarca ribereña donde se habían implantado, dejan de estar en la lista. El Consejo de Gobierno ha decidido este sábado las ciudades y poblaciones que forman parte de las medidas agravadas y Castrojeriz y Santo Domingo de Silos son las únicas de la provincia de Burgos que las tendrán a partir de mañana domingo. Esta actualización supone que 38 municipios en los que se estaban aplicando este régimen reforzado abandonan esta situación, mientras que diez nuevos se incorporan a la misma, de acuerdo con los criterios establecidos por la autoridad sanitaria autonómica.
Dichos indicadores epidemiológicos valoran una incidencia acumulada en los últimos siete días igual o superior a 1.500 casos por cada 100.000 habitantes, número de casos igual o mayor a diez en los últimos catorce días y la relación entre incidencia acumulada a 7-14 días igual o mayor a 0,45, con la finalidad de contener la transmisión comunitaria de la pandemia y reducir la presión asistencial sanitaria.
De esta manera, tanto en Huerta de Rey como en Nava de Roa sus habitantes deberán cumplir con las actuales medidas que rigen en el resto de municipios. No solo hasta el martes 9 de febrero, día en que finalizará la actual orden, sino hasta el 23 de febrero. Y es que la Junta prorrogará tras la reunión del Consejo de Gobierno que tendrá lugar este lunes, las medidas extraordinarias vigentes para la contención de la COVID-19 en toda Castilla y León que refuerzan el actual nivel 4 de alarma sanitaria.
De esta manera continúan hasta el 23 de febrero las siguientes medidas:
- Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, con las siguientes excepciones:
Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo, en el que están incluidos sus trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos.
No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares.
La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.
En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.
- Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones:
- Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre.
- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
Además de todas estas medidas, tanto las de carácter general para toda la Comunidad como las centradas en ámbitos municipales, hay que sumar la continuidad de las limitaciones a un máximo de cuatro personas de la permanencia en lugares tanto de uso público como privado y del aforo de los lugares de culto a un tercio de su capacidad, con un máximo de veinticinco asistentes.
Por otro lado, la Administración autonómica mantiene, en el marco temporal establecido por el Real Decreto 926/2020, la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del conjunto del territorial castellano y leonés y entre todas y cada una de sus provincias -con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta y el toque de queda entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana-.
|