El Tribunal Supremo abordará el próximo martes 29 de noviembre el caso arandina, y la Fiscalía ha presentado su petición de 10 años para cada uno de los tres exjugadores de la Arandina acusados de agredir sexualmente a una menor que contaba con 15 años de edad.
El alto tribunal recibía ayer el informe de la fiscal, que mantiene la petición que realizaba en su recurso de casación: elevar la pena de cárcel a los 10 años. En todo caso, realiza una solicitud en medio de la polémica de la nueva ley del Sólo sí es sí, que no se rebajen las penas impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que sentenció a cuatro años de prisión a un jugador y tres años a otro, absolviendo al tercero.
"Conforme a las disposiciones contenidas en la Ley 10/22 [la ley del solo sí es sí], los hechos se consideran constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años (...), y resultando un arco penológico de 6 a 12 años de prisión, reiteramos nuestra solicitud de 10 años de prisión en cuanto pena comprendida en dicho marco", remarca el informe de la Fiscalía.
La cita, el próximo martes
Será el próximo 29 de noviembre cuando tenga lugar la deliberación y el fallo de los recursos que las partes han presentado sobre el caso Arandina. El Tribunal Supremo tiene en sus manos este caso desde mediados de 2020 y es ahora, en medio de la polémica de la ley ‘sólo sí es sí’, cuando se revisará.
Se abordará un caso que cumple ahora un lustro cuando tres jóvenes que jugaban en el equipo de La Arandina fueron denunciados por los padres de una menor de 15 años, acusados por agredirla sexualmente. El caso pasó a manos de la Audiencia provincial de Burgos que condenó a los tres a 38 años de cárcel. La sentencia fue recurrida y tres meses después el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rebajaba la pena considerablemente a 4 años en el caso de Carlos Cuadrado y a 3 en el caso de Víctor Rodríguez entendiendo que se trataba de un caso de abuso sexual y no de agresión sexual; y absolvía al más joven de ellos, Raúl Calvo, por entender que ambos tenían edades próximas y un grado de madurez similar.
La Fiscalía recogió el guante y pidió la revocación de las tres sentencias al Tribunal Supremo debido al carácter “extraordinario y restrictivo” del recurso de casación. “No se considera viable para rebatir la calificación de delito de abuso sexual ni para recurrir la absolución del tercero de los acusados”, explicaba, considerando que la sentencia dictada por el TSJCL “no se ajusta a derecho en lo que respecta a las condenas impuestas a los acusados” y entiende que “hubo una aplicación indebida de la atenuante analógica de la cercanía de edad y la proximidad en el grado de desarrollo o madurez con la víctima”, un atenuante que no procede para apreciarla ni rebajar la pena en dos grados.
Un vuelco en lo relativo a la reducción de dos condenas y la absolución de una tercera que está en manos del Tribunal Supremo.
Imagen: Recogida de muestras en la vivienda donde sucedieron los hechos denunciados. / BC
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