El Consejo de Gobierno ha acordado el mantenimiento de las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para el territorio de la Comunidad que eran aprobadas por la Administración autonómica hasta la pasada medianoche. Igualmente se ha acordado mantener el cierre perimetral de la Comunidad que vencía el próximo lunes y se extenderá hasta el 3 de diciembre.
La prórroga de las medidas preventivas ha entrado en vigor a las 00 horas de hoy viernes 20 de noviembre y extenderá la vigencia de su eficacia hasta las 23,59 h del próximo 3 de diciembre, siendo las actuaciones adoptadas objeto de seguimiento y evaluación continuas, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de los indicadores asistenciales, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad; de esta forma, las intervenciones implementadas podrán mantenidas, modificadas o levantadas de acuerdo con ese seguimiento.
Por esta razón, la Junta de Castilla y León ha anunciado su intención de abrir un diálogo con los sectores afectados por estas restricciones como son la hostelería, el comercio o los centros deportivos para establecer posibles medidas de relajación siempre vinculadas a la bajada de la incidencia del coronavirus.
Medidas
1.- Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, con las siguientes excepciones:
No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares.
La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.
En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.
2.- Asimismo se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional, que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables.
3.- No se permite la asistencia de público a eventos deportivos que se realicen en instalaciones deportivas que no sean al aire libre.
4.- Se suspenden todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas, exceptuándose:
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