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7 Comentarios |
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#1 |
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Ciudadan0 |
26/05/2023 14:22:20 |
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Yo solo pasaba por aquí :
NULIDAD DE RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO NO NEGOCIADAS
Sentencia de 2 de Diciembre de 2010, de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Rec. nº 4775/2009). Nulidad de las RPT no negociadas. Relaciones entre Sindicatos y Administraciones Públicas. Derecho de intervención de los Sindicatos en la aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo. La participación no se limita al mero derecho de informe o consulta sino que se extiende al derecho de negociación y canalizado a través de Mesas de Negociación. Impugnación de la Orden 3773/2007, de 12 de diciembre, del Ministerio de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. |
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#2 |
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Un Poquito de Porfavor |
26/05/2023 15:49:52 |
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#1 Pues sí, pasa pero no te pares, porque no debe confundirse la Relación de Puestos de Trabajo, como instrumento jurídico de preceptiva negociación con los representantes de los trabajadores con la plantilla presupuestaria, objeto que aquí nos ocupa, como documento meramente informativo que debe de acompañar al presupuesto por que así lo dice la ley de haciendas locales pero que no regula las condiciones laborales de los trabajadores. |
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#3 |
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Ciudadan0 |
26/05/2023 17:40:23 |
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Es de primero de Derecho saber que la interpretación del TS está por encima de cualquier ley de hacienda locales y demás. Como siempre, la justicia le pintará la cara a los expertos jurídicos municipales a costa de los buenos euros del ciudadano, que como se dice: “yo invito, que pagas tú”
Ahí va otra: https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1108918 RECURSO DE CASACIÓN Núm: 2959/2011
La sentencia impugnada, que anuló el Acuerdo como consecuencia de la estimación del recurso contencioso-administrativo formulado por la Federación de Servicios de Administración Pública del Sindicato Comisiones Obreras, declarando que tenía que haber sido convocada la Mesa General de Negociación, es confirmada por la Sala, que señala que viéndose afectadas en los presupuestos materias relativas a personal, era precisa la negociación colectiva a través de la Mesa, a tenor de los arts. 34 y 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Fallo: Desestimar el recurso de casación número 2959/2011, interpuesto por el Ayuntamiento de Arrecife contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en las Palmas de Gran Canaria, de 15 de marzo de 2011, en el recurso contencioso-administrativo número 185/2009
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#4 |
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el aguijon |
27/05/2023 8:38:09 |
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sin que sirva de precedente, en todas las cagadas arandinas y el ayuntamiento está llena de ellas, los responsables son abogados, proincove, plaza de toros, despidos arbitrarios ect, para que sirven tantos estudios si luego se incumplen las leyes, para ese viaje no hacen falta alforjas , nos vale el currito de la esquina, que ustedes lo voten bien |
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#5 |
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xamoci |
27/05/2023 12:57:34 |
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#4 Todavía no te has enterado de para qué está un ayuntamiento?
PISTA: Desde que se ha reforzado la plantilla de policía municipal, el gasto en horas extras ha aumentado en 400.000€ |
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#6 |
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OTERO |
27/05/2023 13:34:15 |
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# 5 - Tienes toda la razón y por eso , cuando han hablado de aprobar los presupuestos, los inimaginables concejales de la oposición, si8n tener ni puñetera idea de que hablan, se han decidido a tener mejor presupuesto dado, mal como indicáis, que esperar y consensuar los que salgan, esperemos qu estos ineptos no repitan, y tener en cuenta los pagos al aumento de personal y la disminución de horas extras, que si es así como siempre, votaran al que se las paga. Luego volvemos al principio , esta Sra. pretende si no sale ella condicionar los próximos años el trabajo de los que sean, si por un casual sale ella y JCYL, dirán que las inversiones, que ellos han metido , sin calzador ,luego la conclusión a simple vista es que LA OPOSICIÓN, SE SIGUE DEJANDO ENGAÑAR A PESAR DE TODOS LOS PESARES . una pena |
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#7 |
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Un Poquito de Porfavor |
29/05/2023 10:38:41 |
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#3: Usted disculpe por no haber estudiado derecho, es un debe en mi formación que no hace otra cosa que sonrojarme. No obstante, no por plantear más jurisprudencia se lleva más razón, más si se sigue confundiendo la Relación de Puestos de Trabajo con la Plantilla Presupuestaria, cosas distintas. Es de primero de delegado sindical. |
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