Tras su retirada en el Pleno del mes de febrero, el punto para abordar la nueva ordenanza de veladores vuelve a llegar al Ayuntamiento arandino. Esta vez mediante un Pleno extraordinario que tendrá lugar este miércoles a partir de las 8:30 horas. Todo ello una vez dictaminado en la comisión de Obras.
La actual ordenanza, regula el aprovechamiento del dominio público para usos hosteleros o de comercios, pero tiene en cuenta para ello la necesidad de adaptación de la forma de ocupación a las circunstancias actuales, cuyas medidas sanitarias impuestas por la COVID están perjudicando de forma notable a la actividad hostelera.
Con esta nueva redacción se busca mejorar la compatibilización la utilización del espacio público para disfrute de los usuarios de la vía, con la ocupación de la misma por parte de los titulares de establecimientos, estableciendo medidas tendentes a buscar un equilibrio y distribución razonable de dominio público.
Todas las terrazas, veladores o incluso la instalación de barricas o pequeñas mesas deberán contar con la perceptiva licencia municipal, que tendrán vigencia para un año. Su emplazamiento deberá ser próximo a la fachada del establecimiento, garantizando un paso peatonal no inferior a 1,8 metros y una altura libre no inferior a los 2,2 metros.
En cuanto a cerramientos, se prohíben en todo el casco antiguo, pero sí que se permite anclar en el pavimento l cualquier elemento siempre y cuando se justifique su necesidad y previa autorización.
Pero los cerramientos que sí podrán instalarse fuera del casco antiguo, tendrán que cumplir ciertas condiciones, como distar al menos 3,5 metros de las fachadas más próximas, sólo un cerramiento por establecimiento, con una distancia al bordillo de la acera de medio metro como mínimo y manteniendo una separación de 2 metros en todo su perímetro a todos los elementos de mobiliario urbano. Su longitud no podrá exceder la fachada del establecimiento, cuya entrada principal deberá dar frente a la instalación.
Con respecto a las mamparas, estas deberán estar autorizadas. Su altura será de entre 1 y 1,5 metros con materiales transparentes o traslúcidos, permitiéndose el uso de jardineras, celosías de madera y materiales semirrígidos tipo toldo vertical guiado entre pilares móviles. Estos elementos no podrán disponer de "pies" o salientes hacia el exterior . En caso de usarse jardineras, las dimensiones máximas en planta serán de 1,20 x 0,60 m.
La ordenanza indica que la terraza se marcará en sus esquinas en color negro por los servicios municipales en un primer momento, pero que luego serán los titulares los responsables de que las marcas estén visibles.
En cuanto el horario en el que pueden permanecer colocados los veladores, este será de domingo a jueves desde las 9 hasta las 0:30 horas; y los viernes, sábados y vísperas de festivos hasta las 2:30 horas. Un horario que se mantiene de la actual normativa.
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