Adrada de Haza aprueba definitivamente la nueva regulación del suministro de agua potable

Publica las ordenanzas municipal y fiscal que fijan las normas y tarifas del servicio

28/04/2026 8:40 | Begoña Cisneros
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El Ayuntamiento de Adrada de Haza ha dado luz verde definitiva a la actualización de su marco normativo sobre el suministro de agua potable. El Pleno municipal ya aprobó el pasado mes de octubre tanto la ordenanza municipal reguladora del servicio como la ordenanza fiscal que fija las tarifas aplicables. Tras no haberse presentado ninguna reclamación durante el periodo de exposición pública, se elevan automáticamente los acuerdos plenarios a definitivos.

La nueva regulación establece con detalle cómo se presta el servicio, quién puede ser abonado, cómo se contrata el suministro, cuáles son los derechos y obligaciones de los usuarios y en qué circunstancias puede suspenderse el agua. Entre las novedades más relevantes para los vecinos destaca que la facturación del consumo se realizará con periodicidad anual, y que el ayuntamiento está obligado a establecer un sistema de lectura de contadores permanente y periódico con el mismo número de días entre ciclos para cada abonado.

 

Las tarifas, en vigor desde el 1 de enero de 2026

La ordenanza fiscal, que es de aplicación desde el pasado 1 de enero, fija las cuotas que deben abonar los usuarios en función del tipo de uso y del volumen consumido. Para uso doméstico, el derecho de conexión a la red se establece en 300 euros por vivienda, y la cuota mínima anual de servicio es de 40 euros. El consumo se factura por tramos: hasta 120 metros cúbicos al año, a 0,40 euros el metro cúbico; de 121 a 220 metros cúbicos, a 0,60 euros; y a partir de 221 metros cúbicos, a 0,70 euros.

Para usos industriales, comerciales y de servicios, el derecho de conexión es igualmente de 300 euros por local, con una cuota mínima anual de 50 euros. Los tramos de consumo se facturan a 0,60, 0,80 y 1,00 euro por metro cúbico respectivamente, siguiendo los mismos umbrales que en el uso doméstico. La ordenanza no contempla exenciones ni bonificaciones más allá de las previstas expresamente en normas con rango de ley.

 

Régimen de infracciones y sanciones

La ordenanza municipal clasifica las infracciones en tres niveles. Las muy graves, como el incumplimiento de las condiciones de potabilidad o el impedimento del acceso al servicio por parte de terceros con derecho a él, pueden acarrear multas de hasta 3.000 euros. Las graves, entre las que se incluye obstaculizar las inspecciones municipales o el descuido del mantenimiento de las instalaciones propias, pueden sancionarse con hasta 1.500 euros. Las leves, como conectarse a la red sin el permiso previo correspondiente, tienen un tope de 750 euros.

 

 
 
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