El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia que hace ahora un año dictaba la Audiencia provincial de Burgos contra dos sobrinos que se apropiaron indebidamente del dinero de sus tíos que vivían en el municipio de Araúzo de Torre. Por tanto, confirma el fallo de un año y medio de cárcel para cada uno de ellos más el pago de las costas judiciales.
Los hechos se remontan a 2006 cuando la mujer del matrimonio fallecía y su marido fue incapacitado nombrándose como tutor a uno de sus sobrinos, En 2007, junto con otro primo, abría una cuenta de ahorro con 48.000 euros procedentes de una cuenta del tío que cancelaron. Cuando el tutor presentó el inventario de bienes del tío ocultó la existencia de esta cuenta.
Por otro lado, en 2009 los dos acusados contrataron un depósito bancario en el que incluían a una tercera persona, con 24.000 euros del matrimonio. Fue una vez fallecido el tío, en 2011, cuando se procedió al reparto de los bienes, donde no se incluyeron los 48.000 euros que se transfirieron en 2007 ni se incluyeron los 24.000 euros del depósito, sino tan sólo 8.000.
El caso se llevó a juicio por un familiar afectado por esta herencia y los dos primos apelaron la sentencia. El resultado ha sido la desestimación del recurso que alegaba una ausencia de intencionalidad dirigida a la obtención de lucro, pero la Sala considera que sí que hubo delito, y continuado “ya que fueron dos los actos realizados con la misma finalidad”.
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