Hoy se inicia en toda Castilla y León la temporada de caza conocida como Media Veda y concluirá el domingo 15 de septiembre de 2024.
Durante este periodo, las especies objeto de caza serán la codorniz -especie por excelencia de esta época-, así como la urraca, la corneja, el conejo y el zorro. Desde el 25 de agosto, también se podrá cazar la paloma torcaz y la paloma bravía.
Los días hábiles para la práctica de la caza en la Media Veda vienen fijados directamente en la Ley de Caza, siendo los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
Una orden marca una novedad importante respecto al número máximo de piezas a cobrar por cazador y día. Se establece un número máximo de piezas a cobrar por cazador y día de 20 ejemplares para la codorniz. En el caso de la tórtola común, esta temporada seguirá sin poder ser objeto de caza, a consecuencia de la moratoria temporal dictaminada por la Comisión Europea por la disminución de poblaciones de esta especie.
Periodos
1. CAZA MENOR
Temporada general: desde el cuarto domingo de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente. Con carácter general, no se podrá cazar tres o más días consecutivos sobre las mismas especies excepto si el Plan cinegético aprobado lo contempla.
Liebre con galgo: desde el día 12 de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente.
Zorro: Además de en la temporada general y en media veda, se podrá cazar el zorro durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor.
Caza de paloma torcaz y zorzales en pasos: desde el 1 de octubre hasta el segundo domingo de febrero del año siguiente.
Media veda:
Desde el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro.
Desde el 25 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar, además, las siguientes especies: tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía.
2. CAZA MAYOR
Ciervo y gamo:
Desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
Muflón: durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
Corzo:
Para ambos sexos: desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.
Sólo hembras: desde el 1 de enero hasta el hasta el cuarto domingo de febrero.
Rebeco: desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre.
Cabra montés: desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre
Jabalí:
Desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades.
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