Con dos ordenanzas que ya están aprobadas de manera definitiva, el municipio de Milagros logra regular dos servicios: el del punto limpio y la utilización de los caminos rurales del municipio.
Ordenanza de residuos
Comenzando por su punto limpio, la normativa persigue evitar el vertido incontrolado de residuos, fomentar la separación de los mismos y reducir su volumen. Todo ello ofreciendo a los ciudadanos un centro de depósito para la recogida selectiva de los residuos domiciliarios, buscando la mejor solución para cada tipo.
Así, en el punto limpio se admiten enseres, restos vegetales, fluorescentes y bombillas, electrodomésticos y plásticos. En cambio, no se podrán depositar basuras orgánicas, papel, vidrio, pilas, aceites vegetales, residuos agrícolas o ganaderos, animales, líquidos, residuos infecciosos, farmacéuticos, piezas de automóviles, impresoras, elementos con amianto o insecticida entre otros.
Son los usuarios los que depositan los residuos y los separan, y un encargado informará cómo se debe realizar el depósito. Cuando los contenedores estén llenos, se avisará para su retirada
Caminos
Por su parte, la ordenanza que regula los caminos rurales engloba a aquellos de titularidad y competencia municipal, donde de forma excepcional pueden circular vehículos no agrícolas con la pertinente autorización del Ayuntamiento de Milagros.
La normativa establece que las fincas colindantes a estos caminos deberán no invadir las cuneras y pasos de agua, que los arados deberán respetar una distancia mínima de un metro al camino si no hay existencia de cuneta y que en sus labores no podrán salir a dar la vuelta al camino invadiéndolo. También un metro de distancia deben respetar los aspersores.
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