Consulta pública para conseguir una ordenanza para el cementerio municipal

Es obligatoria desde 2005, pero el Ayuntamiento de Aranda de Duero no la tiene aún

31/10/2024 14:26 | Begoña Cisneros
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A través de una consulta pública, el Ayuntamiento comienza a trabajar para que Aranda de Duero cuente con un reglamento para el cementerio, una normativa que era obligatoria desde 2005, explica el concejal de medio Ambiente Carlos Medina, con la que no cuenta aún Aranda de Duero a pesar de que han pasado casi dos décadas. “Animamos a la gente a mandar cualquier duda, consulta o propuesta”, comenta el edil de Podemos- IU.

Se cuenta con un primer borrador que ya se ha puesto en manos de los grupos municipales. El siguiente paso es abrir un periodo a la ciudadanía para recibir las propuestas de los arandinos. De momento, el documento que es público es la base de la que será la normativa del cementerio, los distintos capítulos que contendrá. Así, el documento regulará las instalaciones, los derechos funerarios, las inhumaciones y exhumaciones, las tasas y las sanciones.

Las personas y colectivos que quieren participar en esta consulta pueden hacerlo en los próximos 20 días. A través del portal web del Ayuntamiento.

 

Constituida la bolsa de trabajo de operarios del cementerio

Tres hombres y una mujer componen el listado correspondiente a la bolsa de trabajo que acaba de constituirse en el Consistorio arandino. Serán futuros trabajadores en este servicio municipal, que verá cómo en el mes de diciembre se marcharán los tres trabajadores procedentes del paro que fueron contratadas por un periodo de seis meses.

En estos momentos se encuentran activas en las instalaciones estos tres trabajadores eventuales, más otros dos que ocupan dos de las cuatro plazas con que cuenta el cementerio municipal. Un tercero ha solicitado el traslado al servicio de electricidad y ya está trabajando allí.

Las personas que forman parte de la bolsa de empleo pueden ser llamadas en caso de ser necesarios.

 
8 Comentarios
 
 
 
Usuario  
#1   Tuvieja 31/10/2024 15:17:05
 
Desde 2005🤣🤣🤣🤣 que ya no vale hechar la culpa a la herencia que os han dejado🤣🤣🤣🤣
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#2   Sugus 31/10/2024 16:10:59
 
Estaba todo abandonado pero piden ahora que lo arreglen todo al momento, cuando han estado ellos durante casi veinte años no han echo nada de nada.
Herencia que no se arregla en años por su dejadez panda de vagos.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#3   opino 31/10/2024 17:21:35
 
Totalmente de acuerdo con #3 Sugus. Cuando los políticos en Aranda, se presentan por partidos con representación Nacional, lo hacen para subir escaños. No para trabajar por Aranda. Así estamos.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#4   EL MEDIQUÍN 31/10/2024 17:45:47
 
#3 Sugus. Totalmente de acuerdo, pero además no hacen nada más que poner palos en las ruedas para que la bicicleta no ande.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#5   Porron75 31/10/2024 17:51:36
 
El DECRETAZO hizo mucho daño.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#6   CIDJABATO 31/10/2024 18:35:20
 


ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL. (B.O.P. 31 de Mayo de 2010, núm. 101) ARTICULO PRIMERO : FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por el artículo 57 de RDL, 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con lo preceptuado en la Sección 3ª del Capítulo tercero del Título I de esta Ley y del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León, el Excmo. Ayuntamiento establece las tasas por la prestación de los servicios relacionados con el cementerio municipal. ARTICULO SEGUNDO: HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación de la prestación de los siguientes servicios: 1.- Concesión por cincuenta años sobre terrenos. 2.- Concesión por cincuenta años sobre sepulturas, nichos y columbarios. 3.- Derechos temporales de ocupación de sepulturas. 4.- Derecho por licencia de construcción de panteones y sepulturas. 5.- Concesión de licencias para inhumaciones y exhumaciones. 6.- Concesiones de licencias para traslado y reducción de restos. 7.- Transmisión de derechos. 8.- Establecimientos de derechos de conservación del recinto. 9.- Cualesquiera otros, que de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria sean procedentes o se autoricen a instancia de parte.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#7   xamoci 31/10/2024 19:54:43
 
Para las "inversiones" multimillonarias e inutiles no hace falta ninguna consulta publica, que el dinero que cae del cielo no es de nadie.
 
 
 
 
 
 
Usuario  
#8   Long jack 31/10/2024 20:26:20
 
Horarios de apertura lógicos adaptados a las horas de luz para poder ir a visitar a nuestros seres queridos difuntos.
 
 
 
 
 
 
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