Entra en vigor la Ley de la eutanasia

Una norma garantista que da respuesta a la demanda social

25/06/2021 10:18 | DR
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Es hoy viernes cuando entra en vigor en España la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, una norma garantista que da respuesta a la demanda social existente en torno a este tema. Su legalización y regulación se asientan sobre la compatibilidad de principios esenciales recogidos en la Constitución, los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, así como la defensa a la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad.

La Ley garantizará que un paciente pueda decidir cómo será el proceso final de su vida. Y, se facilitará que esté acompañado por su familia, y apoyado en todo momento por el equipo de profesionales sanitarios.

El Ministerio de Sanidad tiene contacto continuo y reuniones semanales con las comunidades autónomas para prestar su apoyo en la implementación de la Ley. Fruto de dicho trabajo y, para orientar la correcta puesta en marcha de la misma, han dado como resultado dos documentos de referencia: el “Protocolo para la valoración de la incapacidad de hecho”, que ya ha sido aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y el “Manual de buenas prácticas”, que está terminando de revisarse.

La Ley establecía un plazo de tres meses tras su entrada en vigor, es decir, hasta el 25 de septiembre para la aprobación por parte del consejo interterritorial del sistema de Salud en españa de ambos textos.

El “Protocolo para la valoración de la incapacidad de hecho” tiene como objetivo establecer un conjunto de recomendaciones que ayuden a los médicos y médicas responsables a valorar la situación de incapacidad de hecho de los pacientes que soliciten la prestación de ayuda para morir.

La valoración de la situación de incapacidad de hecho corresponde al médico responsable, quién debe partir de la presunción de capacidad del paciente para decidir sobre su propia vida. Como es habitual en la práctica clínica, esta valoración comienza por una entrevista clínica, durante la cual el profesional valora la capacidad de comprensión, apreciación, razonamiento y expresión de una elección por parte del paciente.

Todo ello sin perjuicio de que, ante un resultado no concluyente, el médico pueda recurrir a herramientas de apoyo o la interconsulta con una persona experta. Una vez valorada la situación de capacidad o incapacidad de hecho, se corrobora, en su caso, la existencia de esa situación, emitiendo un informe favorable o desfavorable que deberá constar en la historia clínica del paciente.

El “Manual de buenas prácticas” contempla aspectos esenciales como las recomendaciones sobre los medicamentos a administrar para que la prestación se realice de forma homogénea en todo el SNS e incluye modelos de los principales documentos necesarios para el desarrollo del proceso, como por ejemplo el formulario de solicitud, la hoja de información sobre la eutanasia, el consentimiento informado o las recomendaciones para el ejercicio de la objeción de conciencia por los profesionales sanitarios.

 
 
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