No serán los 10 años que pedía la Fiscalía, pero el Tribunal Supremo ya ha dictado sentencia contra dos de los exjugadores de la Arandina acusados de agredir sexualmente a una menor que contaba con 15 años de edad. Serán nueve años y un día los que tenga que pasar cada uno de ellos en la cárcel. Así, Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez ven aumentar su pena. En el caso del tercer implicado se respeta la sentencia del TSJCyL y queda absuelto apreciando como atenuantes la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la menor.
Tras estar condenados a 38 años de cárcel por la Audiencia provincial de Burgos, su recurso llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León donde la rebajó considerablemente a 4 años en el caso de Carlos Cuadrado y a 3 en el caso de Víctor Rodríguez entendiendo que se trataba de un caso de abuso sexual y no de agresión sexual; y absolvía al más joven de ellos, Raúl Calvo, por entender que ambos tenían edades próximas y un grado de madurez similar.
Una vez llevado al Tribunal Supremo por parte de la Fiscalía, ha sido hoy cuando ha tenido lugar la deliberación de los jueces. El Tribunal Supremo estima el recurso del Fiscal y acusaciones y agrava las penas a los dos condenados en el caso “Arandina”.
Suprime la atenuante analógica del Tribunal Superior de Castilla y León, pero la ley del “Sólo sí es sí” se tiene en cuanta, ya que impone a los acusados una pena inferior a la que habría correspondido antes de la reforma. Por tanto, se establece un año de prisión menos a la que correspondería con el texto anterior a esta Ley, al ser ahora menor la penalidad en un año de prisión en este caso concreto y tener que rebajar la pena en beneficio del reo.
El Tribunal Supremo, estimando el recurso del Ministerio Fiscal, declara que no es posible aplicar esa atenuante por carecer de cobertura legal.
La Audiencia provincial no ha aplicado aún la nueva ley
Por su parte, desde la Audiencia Provincial de Burgos informan que no ha dictado ninguna resolución en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 del “Sólo sí es sí”. Aseguran que sus jueces van a revisar de oficio todas las sentencias firmes dictadas por delitos contra la libertad sexual en las que el condenado se encuentre cumpliendo de manera efectiva la pena.
La nueva medida, comentan, afecta a un total 20 resoluciones y el Tribunal ha dado un plazo de 15 días a las partes para que se pronuncien. Después resolverá lo que proceda en cada caso concreto.
Hasta el momento, sólo se ha recibido una solicitud de revisión, que está dentro de las 20 que el tribunal provincial va a revisar de oficio.