El TSJCyL indica en la plaza de toros sólo cabe restaurar la legalidad "o derribarla"

Acusa al Ayuntamiento de impedir la ejecución de la sentencia que anuló las licencias de la ocupación y apertura

04/05/2023 13:26 | Begoña Cisneros

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León da un nuevo varapalo al Ayuntamiento de Aranda de Duero sobre el tema de la plaza de toros. Desestima el recurso de apelación que puso el Consistorio el pasado 9 de enero contra el auto que anulaba el intento del propio Ayuntamiento para dejar fuera de ordenación urbana la plaza de toros.

Esta decisión municipal se tomó en septiembre de 2022 con el objetivo de forzar al empresario a ofrecer la feria taurina, después de retrotraer las actuaciones para que conservase su licencia de apertura en una Junta de gobierno extraordinaria a pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anulaba este permiso otorgado en 2014, y el de ocupación, amparándose en que no se realizó la inspección final necesaria antes de aprobarla.

El juez es claro:  el Ayuntamiento de Aranda lo que ha intentado es “retardar o impedir que se ejecute la sentencia dictada por esta sala el 25 de marzo de 2022”. Indica que no se puede considerar que el edificio quede fuera de la ordenación “por cuanto que en ningún caso se ha procedido a la restauración de la legalidad, ni se ha declarado prescripción, ni ha prescrito la acción de restauración de la legalidad, ni existen indicios que puedan llevar a la conclusión de que hayan prescrito las acciones para restaurar la legalidad”.

Y es que lo que procede, indica el Tribunal, es exigir que las obras ejecutadas se ajusten a las licencias de obra. Una vez ajustadas se podrá conceder la licencia de primera ocupación, y  mientras esta no se conceda, “no se puede conceder licencia de apertura sin haber obtenido previamente la de primera ocupación”.

El Tribunal indica que los plazos de prescripción “han sido constantemente interrumpidos” y que desde el Ayuntamiento no se ha exigido en ningún momento a la empresa adjudicataria el cumplimiento de la normativa urbanística. “Es indudable que las únicas obras precisas que procede realizar son las necesarias para que se ajuste la construcción a la licencia de obras, o bien a través del correspondiente procedimiento de restauración de legalidad”, para lo que habría que solicitar una nueva licencia “pero en ningún caso procede declarar la construcción fuera de ordenación”.

Y acusa al Ayuntamiento de estar “adoptando todas las medidas que tiene a su alcance para conseguir que la obra no se ajusta a esta legalidad urbanística y conseguir no cumplir con el fallo de la sentencia”, algo que “es totalmente rechazable y no puede ser amparado de ninguna forma”.

Repite señalando que es necesario que las obras de la plaza se tienen que ajustar a la legalidad, y si no se puede hacer se deberían “derribar”. Y que “el hecho de que se haya venido utilizando el coso taurino de una forma totalmente irregular, mediante autorizaciones provisionales, no implica sino una actuación totalmente contraria a la legalidad por parte del Ayuntamiento”.

En resumen, la plaza no puede tener la licencia de apertura si antes no se ha obtenido la de primera ocupación, que era lo que pretendía el Ayuntamiento.