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El Ayuntamiento de Aranda de Duero ha adoptado nuevas medidas para regular las ceremonias de matrimonios civiles, con el objetivo de ofrecer un servicio organizado y accesible a los ciudadanos. Estas medidas se han aprobado tras observar un incremento significativo en las solicitudes para celebrar este tipo de enlaces, así como la necesidad de gestionar de manera eficiente los horarios y el espacio disponible.
Regulación y requisitos para la celebración de bodas civiles
A partir del 1 de septiembre de 2025, todas las ceremonias civiles se celebrarán exclusivamente en el salón de Plenos del Ayuntamiento, limitando el acceso a un máximo de 90 personas, excluyendo a los contrayentes, testigos y personal municipal necesario para la ceremonia.
Las bodas podrán llevarse a cabo los viernes por la tarde y los sábados por la mañana, aunque se podrán hacer excepciones bajo ciertas condiciones. En aquellos casos en los que los contrayentes prefieran una boda en otro día de la semana, se podrán organizar de lunes a viernes, siempre que la agenda del Ayuntamiento lo permita y no coincida con otras sesiones de los órganos de gobierno municipales.
Procedimiento de autorización y documentación necesaria
Para poder celebrar una boda civil en el Ayuntamiento de Aranda de Duero, los contrayentes tramitar los expedientes correspondientes y la presentación de documentación como los DNI de los contrayentes y los testigos, además de una tasa de 60,10 euros por la utilización del espacio municipal.
La solicitud de la ceremonia se podrá realizar de forma presencial o en línea a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, donde los interesados deberán indicar la fecha, hora y, en caso de desearlo, el concejal que oficiará el matrimonio.
Normas para el desarrollo de la ceremonia
La duración máxima de cada ceremonia será de media hora, lo que permitirá celebrar hasta dos bodas por hora. Los contrayentes podrán incorporar elementos como lecturas o música durante la ceremonia, siempre y cuando lo comuniquen con antelación. Sin embargo, se prohíbe el lanzamiento de arroz, confetis, pétalos de flores o el uso de pirotecnia dentro o fuera del edificio.